30 março 2006

Condenados el periodista Julián Lago y "Tribuna" a pagar 12.000 euros a Amparo Muñoz por difundir en 1990 que tenía sida


Noticia publicada a las 18:19
jueves, 30 de marzo de aaaa


MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado una condena impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona contra el periodista Julián Lago y la revista "Tribuna", que tendrán que pagar de forma solidaria 12.000 euros a la ex Miss Universo Amparo Muñoz por la publicación en enero de 1990 en el citado semanario de un reportaje en el que se afirmaba que la actriz tenía sida.

La revista "Tribuna", bajo la dirección de Julián Lago, publicó en su número 91, correspondiente a la semana del 22 al 28 de enero de 1990, una portada con un titular en grandes caracteres en el que se leía: "El sida de Amparo Muñoz -Pánico entre los famosos", con el fondo de una fotografía de la mencionada a toda página.

En las páginas interiores, bajo el título "Amparo Muñoz resucita el miedo al sida entre los famosos" se ampliaba la noticia, en la que destacaban frases como "el fantasma del sida ronda de nuevo sobre los famosos españoles tras hacerse público que Amparo Muñoz sufre la fatal enfermedad". "El entorno de la ex Miss Universo vive ahora el miedo a un posible contagio", señalaba el reportaje, del que fue autor el propio Lago.

El Supremo ha rechazado los recursos interpuestos tanto por la representación de Julián Lago como por la de "Tribuna de Ediciones de Medios Informativos S.A." y considera que no se puede eludir la responsabilidad de la publicación de aquella información basándose en la doctrina del "reportaje neutral", ya que el artículo en cuestión introducía "valoraciones, comentarios y glosas para aderezar con un matiz morboso el sensacionalismo de la noticia".

Del mismo modo, el alto tribunal recuerda que cuando se publicó la noticia, en 1990, la atribución a una persona de la afectación del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) "no solo implicaba la imputación de una enfermedad que generaba una alarma social" o "reacciones de marginación", sino que "por sus causas y vías de propagación" suponía, "en la mayoría de los casos, una grave descalificación moral para quien la padeciera".

"Por ello, acierta la sentencia que se recurre al afirmar que sin perjuicio de poder implicar un atentado a la intimidad de los afectados, dada la gran carga desvalorativa que conlleva la divulgación de ese sufrimiento, supera la mera infracción del derecho a la intimidad para constituir también un atentado al derecho al honor", añade.

DIECISÉIS AÑOS DESPUÉS Este fallo del Supremo se produce nada menos que 16 años después de la publicación del polémico reportaje. A pesar de que los hechos se remontan a 1990, no fue hasta junio de 1994 cuando un juzgado de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) conoció de la demanda. Casi cuatro años después, el 20 de enero de 1998, dictó sentencia, condenando a los demandados a pagar de forma conjunta 10 millones de pesetas (60.000 euros).

Días después, el juzgado rectificó la sentencia en su parte dispositiva, condenando a Lago y "Tribuna" al pago solidario de 8 millones de pesetas (48.000 euros). Este fallo fue recurrido ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que el 20 de octubre de 2000 rebajó la indemnización a 2 millones de pesetas (12.000 euros). Esta última ha sido la sentencia que el Supremo ha ratificado íntegramente.


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